
Defensa civil
El departamento de Derecho Civil del Despacho actúa en las materias y procedimientos del Derecho común, con experiencia reconocida desde el siglo pasado.
Consideramos de especial importancia la defensa de nuestros clientes en el área del derecho Civil o también llamado Derecho Común, procurando siempre la mejor solución con el menor coste económico para nuestro cliente, desde nuestra vocación inicial de buscar acuerdos extrajudiciales que reduzcan el riesgo y el coste para nuestros clientes.
Nuestra amplia experiencia se ha traducido en actuaciones en todas las instancias judiciales, Juzgados de Primera Instancia, Audiencias Provinciales, Tribunal Supremo Sala Primera De lo Civil y Tribunal Constitucional, a nivel nacional.
Hemos defendido los derechos e intereses de nuestros clientes en procedimientos declarativos, ejecutivos, jurisdicciones voluntarias, recursos, es decir, todo tipo de actuaciones profesionales que pueden suscitarse en el ámbito de los procedimientos de Derecho Civil.
Sin ser exhaustivos, nuestras áreas de actuación incluyen:
- DERECHO DE FAMILIA:
- Divorcio, separación, medidas definitivas (reclamación de alimentos, guardia y custodia), modificación de medidas definitivas, en forma contenciosa o de mutuo acuerdo.
- Procedimientos de ejecución de sentencias.
- Jurisdicciones voluntarias en relación con el ejercicio de la patria potestad.
- Liquidación sociedad de gananciales (notarial y procedimiento judicial para su reclamación u oposición, formación de inventario, división de la cosa común (reclamación y oposición)
- Reclamaciones e impugnaciones de paternidad, filiación, reclamación de alimentos entre parientes, incapacitación (reclamación y oposición)
- Jurisdicción voluntaria: adopción, tutela, curatela, nombramiento defensores judiciales, emancipación, declaración de ausencia, extracción de órganos de donantes vivos, dispensa del impedimento matrimonial.
- Derecho internacional privado: divorcios, guardias y custodias y alimentos entre extranjeros. Exequatur. Denegaciones de inscripción de matrimonios en consulados.
- DE SUCESIONES Y DONACIONES:
- Testamentarias y herencias, declaración de herederos y apertura de testamentos, testamentos ológrafos, expedientes notariales y expedientes judiciales declarativos, ejecutivos.
- Procedimientos de división judicial de la herencia.
- Expedientes notariales de donaciones.
- Jurisdicción voluntaria: albaceazgo, aceptaciones y repudiaciones de herencia.
- DERECHO DE LAS COSAS O DE BIENES:
- Acciones dominio (procedimientos declarativos), expedientes judiciales de dominio de inmatriculación, reanudación del tracto, actas de notoriedad, prescripción adquisitiva.
- Acciones y expedientes de deslinde y amojonamiento, servidumbres (aguas, de paso, de medianería, luces y vistas, desagüe de edificios)
- Acciones hipotecarias, oposiciones, suspensiones de lanzamientos conforme al artículo 1 ley 1/2013, ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
- Ley de segunda oportunidad.
- DERECHO DE LAS OBLIGACIONES Y LOS CONTRATOS:
- Acciones de reclamación y resolución de contratos, juicios ordinarios y verbales.
- Derecho de la construcción, reclamación vicios constructivos conforme la ley de ordenación de la edificación, responsabilidad decenal.
- Arrendamientos, desahucios y reclamación de rentas.
- Procedimientos para comunidades de propietarios, asistencia a juntas, aplicación de la ley de propiedad horizontal.
- Procedimientos monitorios.
- Procedimientos de ejecución de títulos judiciales y extrajudiciales, laudos.
- Derecho del honor.
- Propiedad intelectual.
- Derecho bancario: clausulas suelo y abusivas, reclamaciones contra productos bancarios, preferentes, obligaciones subordinadas, swaps.
- Reclamaciones de tarjetas revolving.
- DERECHO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL:
- Accidentes de tráfico, juicio verbal y ordinario
- Responsabilidad sanitaria por negligencia médica en ámbito privado
- Accidentes en general.
- Reclamación contra seguros.
- Reclamaciones contra aseguradora o entidad bancaria por aplicación de la ley 57/1968.
- Reclamaciones de daños y perjuicios.
En general incluimos en nuestro ámbito de actuación cualquier acción o reclamación de las denominadas de derecho privado.