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Defensa administrativa

Desde hace más de 15 años nos hemos encargado de la defensa jurídica del cliente en las materias y procedimientos frente a los actos y resoluciones de la Administración Pública en todos sus ámbitos, Municipal, Comunidad Autónoma, Estatal, entes periféricos, etc.

Siempre hemos considerado de esencial importancia la defensa de nuestros clientes en el área del derecho administrativo, que forma parte del llamado Derecho Público. Este es un campo de actuación muy común y amplio pues, la Administración está presente con sus actos, resoluciones, interpretación de sus silencios jurídicos en la vida cotidiana del ciudadano.

Nuestra actuación desde la perspectiva procesal incluye actuaciones en todas las instancias administrativas, Tribunales Económicos municipales, regionales y centrales, e instancias judiciales, Juzgados de lo Contencioso Administrativo, Tribunales Superiores de Justicia, Juzgados Centrales, Audiencia Nacional Sala de lo Contencioso Administrativo, Tribunal Supremo Sala Tercera y Tribunal Constitucional.

Las actuaciones administrativas incluyen desde la gestión, asesoramiento de expedientes a instancia del cliente o de oficio, hasta su defensa en procedimientos sancionadores, como coadyuvantes, ejercitando esta defensa jurídica hasta la instancia judicial que resultare competente, buscando siempre la mejor defensa de los intereses del cliente frente a la administración actuante.

Desde el amplio conocimiento procesal de la legislación general de aplicación, Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que será derogada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que entra en vigor el 1 de octubre de 2015 o la Ley 29/1998 de Jurisdicción Contencioso Administrativo, para después aplicar la legislación específica al caso de autos.

Estos son ámbito de actuación muy amplios pero donde el Despacho cuenta con una larga experiencia profesional y especialización técnica.

Sin ser exhaustivos, nuestras áreas de actuación incluyen:

En el ámbito de la Responsabilidad patrimonial del Estado, en atención al Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial (Vigente hasta el 02 de Octubre de 2016), venimos ejercitando la defensa de nuestros clientes en los siguientes expedientes:

  • Reclamación de indemnizaciones en sede administrativa por responsabilidad patrimonial:
    • Responsabilidad sanitaria por negligencias médicas, mala praxis, en ámbito público.
    • Responsabilidad municipal, accidentes en vía pública.
    • Accidentes, daños y perjuicios causados por la actuación de organismos dependientes de comunidades autónomas, empresas públicas o por la administración estatal.
  • Reclamación de indemnizaciones en sede contencioso administrativa contra resoluciones expresas, presuntas (silencio negativo desestimatorio) ante los organismos jurisdiccionales competentes.
  • Reclamación responsabilidad patrimonial contra la administración de justicia, en sede administrativa y contencioso administrativa.

En el ámbito de los procedimientos sancionadores, cuya parte general viene regulada por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora (Vigente hasta el 02 de Octubre de 2016), nuestros áreas de actuación han incluido todo tipo de expedientes sancionadores, actuando tanto en sede administrativa como ante los organismos jurisdiccionales competentes en ámbitos municipales, autonómicos, por cualquier tipo de infracciones.

En general hemos actuado en procedimientos de derecho administrativo como:

  • Impugnaciones de concursos.
  • Vías de hecho.
  • Expropiaciones.
  • Reclamaciones que afectan a la vivienda pública, entradas a domicilio.
  • Reclamaciones de funcionarios.
  • Reclamaciones en general contra actos y resoluciones de las administraciones públicas.

Y también en cualquier acción que afecte al cliente dentro del denominado derecho público.