Defensa especializada en acoso sexual laboral. Asistimos en Madrid y toda España.
Nº Colegiado 71408 ICAM
Nº Colegiado 64217 ICAM
Somos un despacho jurídico multidisciplinar especializado en la defensa penal del acoso sexual en el ámbito laboral (art. 184 CP). Asistimos tanto a quienes sufren la conducta como a quienes son acusados, lo que nos permite anticipar la estrategia de la parte contraria desde el primer momento.
Nuestro trabajo combina recopilación y análisis técnico de la prueba digital (correos corporativos, mensajería interna, WhatsApp, geolocalización), peritaje psicológico de credibilidad del testimonio e interlocución con la empresa o la representación legal de los trabajadores, según corresponda al caso.
¿Cree que puede estar sufriendo acoso laboral o ha sido acusado de ello? Contáctenos, somos referencia en derecho penal y defensa de acusaciones por delitos sexuales.
Fundadores y Abogados especialistas en B&L
Atendemos a profesionales que están atravesando un caso de acoso sexual en el trabajo, sea en el rol que sea. Ya esté pensando en denunciar, ya haya recibido un expediente disciplinario o una citación judicial, le orientamos desde la primera llamada con total confidencialidad.
Ha recibido un expediente disciplinario, una denuncia interna o una citación judicial por acoso sexual laboral. Las primeras decisiones (qué declara, qué documentación entrega, con quién habla) determinan el resultado. Le orientamos desde el primer momento.
Antes de denunciar conviene preparar la prueba: mensajes, correos corporativos, testigos, cronología. Le explicamos qué pasos dar y en qué orden, y articulamos la denuncia por la vía más eficaz para su caso (vía interna, social, Inspección de Trabajo o penal).
Las denuncias falsas en contexto de despido, conflicto previo o represalia laboral existen y se combaten técnicamente. Analizamos contradicciones, prueba digital y motivaciones espurias para desmontar la acusación desde la primera fase del procedimiento.
Experiencia contrastada
Recibirá apoyo de nuestra parte desde el principio. Podrá llamarnos cuando lo necesite.
Conocemos cada fase del procedimiento por acoso sexual y por ello construimos una estrategia sólida.
No le dejaremos solo en ningún momento del proceso y acudiremos donde haga falta.
Disponemos de un equipo de profesionales en psiquiatría, forenses y detectives privados.
Le daremos un presupuesto cerrado por escrito. No pagará más de lo pactado. Honestidad y transparencia.
Garantizamos una alta disponibilidad. Nuestros abogados se desplazarán a cualquier parte de España.
Contáctenos sin compromiso
A nuestras espaldas hay más de 300 procesos judiciales llevados a cabo por nuestros expertos abogados en delitos sexuales.
Más de 25 años de experiencia dando servicios como abogados en Madrid y toda España. Confianza y lealtad a nuestros clientes.
Usaremos siempre un lenguaje claro y entendible. No nos andamos con rodeos y vamos al grano desde el principio.
Marco legal y preguntas frecuentes
Lo primero es no responder al expediente sin asistencia letrada. La carta de incoación abre un plazo breve de alegaciones que condicionará todo el procedimiento posterior, tanto laboral como penal. No comente los hechos con compañeros ni con la presunta víctima, conserve toda la prueba digital relacionada (mensajes, correos, registros de acceso) y contacte con un abogado especialista antes de redactar la primera respuesta.
Lo que se diga en esa fase pesará en cualquier procedimiento posterior.
Sí. La empresa puede tramitar un despido disciplinario por causa de acoso sexual con base en su propia investigación interna, sin necesidad de esperar a una sentencia penal firme. Por eso la defensa frente al expediente disciplinario es una batalla autónoma de la penal, y en muchos casos es la primera que hay que ganar. Ambos procedimientos son recurribles y pueden seguir caminos distintos: una absolución penal no garantiza la readmisión laboral si el despido se declaró procedente.
Las más frecuentes son mensajes de WhatsApp y correos corporativos, declaraciones de testigos, registros de acceso de la empresa, grabaciones aportadas por la denunciante e informes psicológicos.
Cada una de ellas puede ser impugnada técnicamente: la prueba digital se analiza con peritaje informático forense para verificar autenticidad y contexto; los testigos se contrastan en cuanto a relación previa con las partes; los informes psicológicos se rebaten con peritajes de credibilidad del testimonio.
Para comenzar, le decimos que el precio medio para este tipo de servicios no existe, ya que dependerá mucho de la gravedad o dificultad de demostrar su inocencia.
Eso si, en Barbero & Lucas Abogados apostamos por la transparencia y la honestidad con nuestros clientes, por eso, una vez valorado su caso, siempre damos un precio cerrado y definitivo.
Antes de denunciar, conviene preparar la prueba con calma y orden: guarde mensajes, correos y cualquier comunicación que acredite la conducta; identifique testigos directos o de referencia; lleve un diario con fechas, lugares y palabras concretas; conserve cualquier informe médico o psicológico relacionado. Lo que no se documenta a tiempo se pierde. Una vez recopilado el material, un abogado especialista valorará por qué vía es más eficaz actuar en su caso concreto.
Existen cuatro vías que pueden combinarse: la denuncia interna ante el canal de la empresa o el delegado de prevención; la vía social, mediante demanda por extinción de contrato con derecho a indemnización (art. 50 ET); la denuncia ante la Inspección de Trabajo; y la vía penal por delito de acoso sexual (art. 184 CP).
La elección depende de la gravedad de los hechos, la prueba disponible y el resultado que se busque (indemnización, sanción a la empresa, condena al acosador, todas a la vez). Un abogado especialista articulará la estrategia adecuada para cada caso.
Las más útiles son la prueba documental directa (mensajes, correos, notas), la prueba testifical (compañeros que presenciaron la conducta o a quienes usted contó lo ocurrido), informes médicos o psicológicos que acrediten el impacto sobre su salud, comunicaciones formales con RRHH si las hubo, y un cronograma escrito con fechas y hechos concretos.
Cuanta más prueba objetiva exista, más sólida es la denuncia y menos margen tiene la defensa contraria para presentarla como un malentendido o un conflicto interpersonal.
No existe un precio cerrado universal porque cada caso tiene una complejidad distinta: número de procedimientos abiertos (disciplinario, social, penal), volumen de prueba, peritajes necesarios y previsión de duración.
En Barbero & Lucas trabajamos con presupuesto cerrado por escrito desde la primera consulta: una vez analizado el asunto, se firma una hoja de encargo donde consta exactamente qué se va a hacer, cuánto cuesta y cómo se paga. Lo presupuestado es lo que se paga.
Elija el canal que prefiera. Todas las consultas son confidenciales y sin compromiso.
Más de 25 años defendiendo a personas acusadas en toda España. Nuestro equipo está preparado para escucharle y orientarle desde el primer minuto.
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